El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha pondrá a disposición de las personas beneficiarias el uso de un piso tutelado, asumiendo:
a) El pago de la renta de cada contrato de arrendamiento del piso tutelado por el periodo en el que el piso tutelado esté ocupado, con un plazo máximo de un año.
b) Los gastos de comunidad y las obligaciones tributarias derivadas de la propiedad, prorrateados mensualmente, por el periodo en el que el piso tutelado esté ocupado.
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